Gobierno reglamenta la importación y venta de gasolina de aviación grado 100 con arancel cero hasta 2027
A través del Decreto Supremo 5729, el Ejecutivo determinó liberar de aranceles hasta finales de 2027 la internación de combustible aeronáutico grado 100, disponiendo que sus operaciones comerciales se rijan por precios de mercado y sin subsidios estatales, con el propósito de asegurar el abastecimiento en el país.

Con la finalidad de asegurar la provisión de combustible en el mercado nacional, el Gobierno promulgó el viernes el Decreto Supremo 5729, disposición que define las condiciones para la importación y comercialización de gasolina de aviación grado 100.
En este contexto, la norma dispone la reducción del gravamen arancelario a cero por ciento (0%) para la compra externa de este carburante, beneficio que regirá hasta el 31 de diciembre de 2027, de acuerdo con lo especificado en el anexo del documento oficial.
El artículo inicial fundamenta que la medida se aplica en el marco de la emergencia energética y social declarada mediante el Decreto Supremo N° 5517, del 13 de enero de 2026, teniendo como meta central garantizar el abastecimiento continuo de hidrocarburos dentro del territorio boliviano.
En la exposición de motivos se advierte la dinámica en el consumo de la gasolina grado 100, los requerimientos logísticos y las necesidades de suministro en diferentes terminales aéreas. Por ello, se consideró indispensable fijar un régimen complementario que asegure la continuidad de las operaciones, reconociendo la naturaleza diferenciada de este carburante respecto a la producción petrolera local.
En cuanto a los procedimientos, el artículo 2 estipula que el importador deberá vender el combustible a la empresa operadora de la planta de suministro de aviación en los aeropuertos, contando previamente con las autorizaciones pertinentes. Asimismo, se aclara que la operación no contará con ningún tipo de subvención estatal.
De igual modo, la normativa define que la venta de este combustible traído por privados o por la operadora se regirá bajo precios de mercado. Finalmente, la firma a cargo del suministro en los aeropuertos será la responsable de comercializar el producto a los clientes aeronáuticos, ya sea que lo haya importado de manera directa o adquirido a través de terceros autorizados.
